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      Tres cámaras empresarias le piden a la Corte que que baje la tasa de interés de los juicios laborales

      • El reclamo fue efectuado por CAME, la SRA y Coninagro.
      • Le solicitan al máximo tribunal que revea la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) porteña.

      Tres cámaras empresarias le piden a la Corte que que baje la tasa de interés de los juicios laboralesSolicitaron la reducción de la tasa de interés aplicable para créditos laborales en la Justicia Nacional del Trabajo. Foto: archivo
      Redacción Clarín

      Tres entidades empresarias le pidieron a la Corte Suprema de Justicia que reduzca las tasas de interés que se toman en consideración para estimar el costo de los juicios laborales y así revea la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) porteña.

      “La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro) se presentaron ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) para solicitar nuevamente la reducción de la tasa de interés aplicable para créditos laborales en la Justicia Nacional del Trabajo”, mencionaron las cámaras.

      El primer reclamo se hizo en julio de 2023 y la nueva presentación se realizó luego de que la Cámara Laboral resolviera hace dos meses limitar el cálculo de las indemnizaciones en todas la causas judiciales, al establecer que debe aplicarse como actualización el Índice Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más un 6%.

      CAME, SRA y Coninagro se presentaron ante la Corte. Foto: CameCAME, SRA y Coninagro se presentaron ante la Corte. Foto: Came

      La decisión del tribunal recogió la nueva jurisprudencia de la Corte, que dejó sin efecto la aplicación de un acta que permitía, de manera excepcional, calcular intereses sobre intereses, lo que llevaba la actualización del capital de las indemnizaciones a una cifra desproporcionada.

      La Corte dictó este fallo a partir de la causa Oliva (expediente “Recurso Queja Nº 1 – OLIVA, FABIO OMAR c/ COMA S.A. s/despido”), donde el cálculo anterior incrementó la indemnización por despido en un 7.700%. Esa manera de indexar los intereses había sido establecida en el acta 2.764, de la Cámara Laboral, que ahora fue dejada sin efecto. Sin embargo, de acuerdo a la presentación, se creó una nueva acta, la 2.783, que mantiene las distorsiones.

      “La fórmula diseñada, lejos de constituir una solución a la problemática que se intentó resolver, ocasiona una afectación de enorme relevancia, comprometiendo seria, injusta y desproporcionadamente a las empresas y por cuyas consecuencias se solicita su intervención”, señala el texto firmado por los representantes de los empresarios.

      En su escrito original, CAME, SRA y Coninagro habían manifestado que la decisión de la CNAT porteña generaba “una distorsión, esta vez muchísimo más grave, injusta e inequitativa, en perjuicio de los empleadores”. “Produce mayor desempleo, ya que difícilmente y, especialmente, las pequeñas y medianas empresas se animen a emplear ante la posibilidad de que una eventualidad laboral tenga un costo muy superior al del negocio en sí mismo”, plantearon.