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      ¿Qué es la prestación por desempleo?

      • Es un seguro para ayudar a quienes se han quedado sin empleo.
      • No todos los despedidos pueden acceder. Cuáles son los requisitos.

      ¿Qué es la prestación por desempleo?
¿Qué es la prestación por desempleo?
      Redacción Clarín

      El seguro por desempleo propone desde el Estado nacional ayudar en la pérdida de los ingresos de una persona que ha sufrido sin una causa justa o por el quiebre o cierre del lugar donde trabajaba el salario mensual. Qué es la prestación por desempleo.

      Esta herramienta también apela a que las personas no abandonen la búsqueda de un nuevo trabajo y tengan al menos un ingreso mensual tanto para mantener a sus familias como para poder encarar un nuevo empleo.

      El seguro es para los trabajadores que han perdido el trabajo sin una “causa justa” o por “razones de fuerza mayor” como el cierre de la empresa donde se desempeñaban. Hay algunos requisitos a la hora de solicitarlo.

      Quién puede cobrar el seguro por desempleo

      La “Prestación por Desempleo” se solicita en la página de la ANSES y está dirigida a los trabajadores que estuvieran registrados, es decir, en blanco, y que hayan perdido su trabajo sin una causa que genera esta situación o porque la empresa en la que se desempeñaban haya cerrado o presentado la quiebra.

      Pero también a aquellas personas que se haya detectado que no estaban registradas en acciones de fiscalización del Plan Nacional de Regularización del Trabajo (PNRT) y hayan sido despedidas.

      El trámite es presencial, en cualquiera de sus oficinas de todo el país. La Anses tiene más de 400 sucursales y solo hay que pedir turno previamente entrando en la página y buscando la opción correspondiente.

      Quién puede cobrar el seguro por desempleo.Quién puede cobrar el seguro por desempleo.

      Allí figuran los trámites que se pueden realizar si se perdió un trabajo en relación de dependencia; hay un apartado especial para los trabajadores de la construcción y están contempladas las asignaciones familiares en la época en la que no se tiene empleo.

      También hay un ítem que corresponde a aquellas personas que tienen que suspender el pago de esta prestación porque consiguieron trabajo. Se debe hacer este trámite dentro de los 5 días hábiles de haber vuelto a trabajar y se puede hacer en forma automática en forma virtual o en forma presencial. Incluso puede una tercera persona hacer esto justamente para no faltar a su nuevo lugar.

      Hay otra ventana para quienes cobraron con anterioridad la prestación, consiguieron un empleo y luego volvieron a perderlo.

      Prestación por desempleo: quién lo puede cobrarPrestación por desempleo: quién lo puede cobrar

      Ahora bien, no todos los trabajadores que han sido despedidos pueden acceder a este seguro. Algunas personas quedan excluidas del beneficio:

      • Quienes no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
      • Los que perciban prestaciones previsionales.
      • Los que sean beneficiarios de Programas de Empleo o tengan cualquier otra prestación no contributiva.
      • Los que hayan tenido no un empleo formal, sino una pasantía de estudiante.
      • Quienes perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad que lleven a cabo.
      • Y las personas que hayan presentado por propia voluntad una renuncia a su empleador o hayan optado por la figura del “Retiro Voluntario”.

      El plazo para iniciar el trámite es de 90 días hábiles desde que termina el trabajo. Las personas que tienen este seguro reciben una suma de dinero mensual; un pago por las asignaciones familiares; cobertura médica asistencial; reconocimiento de la antigüedad para el conteo de los haberes jubilatorios y tarjeta SUBE con tarifa social.